Paseando el otro día por nuestra ciudad, empecé a observar como algunas sucursales de compañías de seguros y bancos, ya ha empezado a publicitar sus productos de ahorro diferido, como complemento a la pensión, pensando en sus clientes potenciales y en el periodo de presentación de las declaraciones de IRPF.

Este movimiento que todos los años se repite, como el estribillo de una canción del verano, principalmente en dos momentos del año (mayo-junio) y (noviembre-diciembre) tiene un ritmo musical común basado en dos estrategias del marketing. Por un lado la manifestación de tipo de interés preferente y por otro el incentivo, bien en forma de regalo o bien en forma de compensación económica.

Estas últimas opciones, regalo y compensación, son algo habitual y ya sobradamente conocido por todos: “Si Vd contrata su plan de pensiones antes del día 1 de enero de 2.014 con una aportación anual de entre 5.000 € y hasta 9.999 € podrá elegir entre  uno de estos regalos: Wonderbox “Relax y bienestar para 2 personas”, paletilla ibérica de bellota o una batidora procesador de alimentos “Russell Hobbs””[1], como puede observarse, convertimos un producto intangible en la versión más tangible del producto de servicios.

 Pero, algo más distinto es la oferta de tipos de interés de aquellos productos que pueden definirlo previamente.

 En este sentido, tenemos dos grandes grupos, aquellos que por sus características no pueden identificar un tipo de interés garantizado, por ejemplo los Planes de Pensiones sin garantía, donde únicamente podemos hablar de rentabilidad pasada. A colación de esto, recientemente leía un artículo donde se indicaba que estos planes de pensiones no habían ganado a la inflación a largo plazo (ver artículo del Confidencial de fecha 17 de abril del 2.013, escrito por Isabel Mauricio y titulado “El tiempo no les sienta bien a los planes de pensiones: ninguno bate la inflación a largo plazo”)

Y otro grupo en el cual se habla de tipo de interés garantizado. Por ejemplo los seguros de ahorro de capital diferido, bajo la modalidad Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS), Plan de Previsión Asegurado (PPA) o simplemente Planes de Ahorro (PA).

 Pero este tipo de interés que se anuncia es igual al de un deposito financiero normal y corriente? Si entramos a uno de estos establecimientos y solicitamos un presupuesto, veremos como este tipo de interés, habitualmente mucho más elevado, nada tiene que ver con el tipo de interés financiero y mucho menos con el más o menos conocido “TAE” Tasa Anual Equivalente. Es habitual que el tipo de interés que se publicita,  sea el tipo de interés técnico, que si le introducimos como variable en una simple formula financiera, veremos cómo los resultados no son coincidentes con la aplicación del tipo de interés compuesto o del tipo de interés simple, obteniendo resultados muy dispares.

 Así que, cuidado con la comparación de tipos de interés y como los aplicamos especialmente en lo que denominamos productos complementarios a la jubilación.

 Sobre este tema, profundizaremos próximamente……


[1] Este caso es real.